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Cómo crear una holding: proceso completo paso a paso
Crear la sociedad matriz es trivial: cualquier notaría lo hace en una semana. Lo que exige criterio es lo demás —cómo suben las participaciones de las operativas hasta ella sin generar una factura fiscal, cómo se valoran, con qué prueba y con qué justificación empresarial—. Este es el proceso completo tal como lo ejecutamos, con sus decisiones y sus plazos.
Fase 1. Diagnóstico
Antes de dibujar nada hay que saber qué hay. Sociedades existentes, actividad de cada una, socios y porcentajes, inmuebles y su titularidad, tesorería y préstamos entre entidades, bases negativas pendientes, avales personales, contratos relevantes y, sobre todo, qué quiere conseguir el empresario y en qué plazo. De ahí sale el organigrama objetivo, que muchas veces no coincide con el que traía en la cabeza.
Fase 2. Elección de la vía
Existen varias formas de llegar al mismo dibujo, y no son equivalentes:
- Aportación no dineraria de participaciones. Los socios aportan sus participaciones a la matriz y reciben participaciones de esta. La vía más usada cuando hay varios socios o varias sociedades.
- Canje de valores. La matriz adquiere la mayoría de los derechos de voto de la operativa entregando participaciones propias. Requisitos distintos y, en muchos casos, más cómodos.
- Fusión. Cuando lo que se busca es simplificar, integrando dos sociedades en una.
- Escisión o segregación. Cuando hay que separar actividades o inmuebles que hoy conviven en la misma sociedad.
- Aportación de rama de actividad. Para bajar una unidad de negocio completa a una filial nueva.
- Compraventa interna. Alternativa con tributación inmediata que en algunos casos tiene sentido.
Con frecuencia la solución combina dos o tres de ellas en un mismo proyecto, con un orden de ejecución que importa.
Fase 3. Valoración
Es el punto que más se comprueba. Las participaciones aportadas deben valorarse conforme a criterios de mercado, con un método justificado y con hipótesis documentadas. Recomendamos siempre un informe pericial de valoración emitido en el momento de la operación, no una hoja de cálculo interna. Ver valoración de las participaciones.
Fase 4. Ejecución jurídica
Acuerdos de junta, informes de administradores, informe de experto independiente cuando proceda, escritura pública, liquidación de ITP y AJD, inscripción en el Registro Mercantil, altas y modificaciones censales y comunicaciones a bancos, clientes y proveedores. En fusiones y escisiones hay además plazos de publicidad y de oposición de acreedores. Ver escritura y trámites.
Fase 5. Comunicación y expediente probatorio
La aplicación del régimen especial exige comunicar la operación en plazo. Y, en paralelo, cerramos el expediente probatorio: informe de valoración, informe de motivos económicos, actas, plan de negocio y el índice de toda la documentación. Ese expediente es lo que se abrirá si dentro de cuatro años alguien pregunta.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil y tributaria, su desarrollo reglamentario y la doctrina administrativa cambian con frecuencia, y existen especialidades autonómicas y forales que pueden alterar por completo el resultado de una reestructuración. Antes de ejecutar cualquier operación conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Desarrollo completo
Constituir la matriz
Objeto social, capital, órgano de administración y estatutos pensados para el futuro.
Leer VíaAportación no dineraria
La vía más habitual: requisitos del artículo 87 y diferimiento.
Leer VíaCanje de valores
Mayoría de votos a cambio de participaciones propias de la matriz.
Leer VíaFusión
Integrar dos sociedades del grupo con neutralidad fiscal.
Leer VíaEscisión
Total, parcial y segregación: separar actividades o inmuebles.
Leer VíaRama de actividad
Bajar una unidad económica autónoma a una filial.
Leer ClaveValoración
Métodos, criterios de la Administración y prueba pericial.
Leer TrámiteEscritura y trámites
Del acuerdo social a la inscripción y las altas censales.
Leer AvisoErrores frecuentes
Los fallos que Hacienda detecta antes y que más caros salen.
LeerSobre el proceso
¿Cuánto se tarda en tener la holding funcionando?
Entre cuatro y diez semanas en la mayoría de los proyectos, según la vía elegida. Una aportación no dineraria o un canje se ejecutan con relativa rapidez; una fusión o una escisión exigen acuerdos, publicidad y un plazo de oposición de acreedores que alarga el calendario. A eso hay que sumar el tiempo de inscripción registral, que varía según el registro. Ver calendario y plazos.
¿Tengo que cambiar de banco, de contratos o de facturación?
En una aportación o un canje, no: las sociedades operativas siguen siendo las mismas, con su CIF, sus contratos y sus clientes. Lo único que cambia es quién es su socio. En fusiones y escisiones sí hay sucesión de contratos y comunicaciones que hacer, y conviene revisar cláusulas de cambio de control en contratos de financiación y con grandes clientes.
¿Puedo hacerlo en cualquier momento del año?
Sí, aunque hay fechas mejores que otras. Cerrar la operación antes del fin del ejercicio simplifica la contabilidad y evita periodos partidos; y si se pretende aplicar la consolidación fiscal, hay que tener la estructura montada y comunicada antes del inicio del ejercicio en que vaya a aplicarse. Lo planificamos en función de esos hitos.
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¿Le encaja una holding en su caso? Se lo decimos por escrito
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