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Compensación de pérdidas en el grupo: bases negativas y límites
Una base imponible negativa es un activo fiscal real, pero dormido: solo vale si algún día hay beneficios en la misma sociedad que la generó. Dentro de un grupo, ese activo puede aprovecharse antes y mejor. Ahora bien, las reglas antiabuso son estrictas y la creencia de que «con una holding se compensan las pérdidas de todo» es incorrecta.
Sin consolidación fiscal no hay compensación entre sociedades
Es la primera aclaración necesaria. La mera existencia de una matriz no permite restar las pérdidas de una filial de los beneficios de otra. Cada sociedad liquida su propio impuesto. Para que las bases negativas de unas se compensen con las bases positivas de otras hace falta optar por el régimen de consolidación fiscal, con su umbral del 75 % y su procedimiento.
Los límites cuantitativos generales
- Sin límite temporal. Las bases negativas pueden compensarse sin plazo de caducidad.
- Con límite cuantitativo. La compensación está limitada a un porcentaje de la base imponible previa, que varía en función del importe neto de la cifra de negocios de la entidad, con un mínimo compensable en todo caso.
- Comprobación. La Administración dispone de un plazo específico para comprobar o investigar las bases negativas pendientes, superior al de prescripción ordinaria, y puede exigir su acreditación mediante la contabilidad y los soportes.
La regla antiabuso de la compra de sociedades con pérdidas
No podrán compensarse las bases negativas cuando la entidad haya sido adquirida por quien ostente una participación mayoritaria posterior a la conclusión del período impositivo en que se generaron, si el adquirente tenía una participación inferior al 25 % en aquel momento y, además, concurre alguna circunstancia como que la entidad estuviera inactiva en los tres meses anteriores a la adquisición, que haya desarrollado una actividad diferente que determine una cifra de negocios superior al 50 %, o que se trate de una entidad patrimonial. Es la norma que impide comprar sociedades por sus pérdidas.
Qué ocurre en una reestructuración
En las operaciones acogidas al régimen de neutralidad, las bases negativas de la entidad que se extingue pueden transmitirse a la adquirente, pero con una limitación: el importe se minora en la diferencia entre el valor de las aportaciones de los socios y su valor fiscal, para evitar el aprovechamiento duplicado de la misma pérdida. Es un punto técnico que conviene calcular antes de decidir el sentido de una fusión, porque a veces determina qué sociedad debe absorber a cuál.
Entrada y salida del grupo fiscal
Las bases negativas generadas por una sociedad antes de incorporarse al grupo fiscal solo pueden compensarse con su propia base positiva individual, con el límite de la base del grupo. Y cuando una sociedad sale del perímetro, se lleva consigo la parte de las bases negativas del grupo que le corresponda, según las reglas de reparto previstas. Estos movimientos, mal planificados, hacen perder activos fiscales que estaban perfectamente disponibles.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil y tributaria, su desarrollo reglamentario y la doctrina administrativa cambian con frecuencia, y existen especialidades autonómicas y forales que pueden alterar por completo el resultado de una reestructuración. Antes de ejecutar cualquier operación conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Sobre las bases negativas
Tengo una sociedad con pérdidas y otra con beneficios. ¿Me interesa consolidar?
Muy probablemente, si se cumplen los requisitos del 75 % y la situación es estable. El efecto de tesorería es inmediato. Antes de solicitarlo conviene comprobar el origen de esas pérdidas, si están correctamente acreditadas y si la sociedad que las tiene va a permanecer en el grupo, porque una salida posterior obliga a repartir las bases pendientes conforme a reglas específicas.
¿Y si fusiono la sociedad con pérdidas con la que gana dinero?
Es una alternativa a la consolidación y en grupos pequeños a veces es más limpia, porque simplifica el organigrama. Pero hay que calcular el ajuste que la norma impone a las bases transmitidas y asegurarse de que la fusión tiene un motivo económico válido propio: una fusión cuya única finalidad demostrable sea aprovechar pérdidas es exactamente lo que la cláusula antiabuso persigue.
¿Hasta cuándo me pueden comprobar unas pérdidas de hace diez años?
La Administración dispone de un plazo específico para iniciar la comprobación de las bases negativas pendientes de compensar, más largo que el plazo general de prescripción, contado desde el fin del plazo de declaración del ejercicio en que se generaron. Transcurrido ese plazo, el contribuyente debe acreditar su procedencia y cuantía mediante la exhibición de la liquidación, la contabilidad y el depósito de cuentas. Conviene conservar esa documentación.
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