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Blindaje de la operación: cómo se acredita que la holding está bien hecha
Una reestructuración no se juzga el día que se firma. Se juzga tres o cuatro años después, cuando alguien pregunta cuánto valían aquellas participaciones y por qué se hizo la operación. Para entonces, la memoria no sirve y las explicaciones pesan poco. Lo único que pesa es lo que se documentó en su momento. Esto es lo que documentamos y por qué.
El problema de fondo
En una comprobación, la posición de partida no es simétrica. La Administración presume la corrección de sus actos y de sus valoraciones mientras nadie las desmonte técnicamente, y quien afirma un hecho debe probarlo. Cuando la discusión es técnica —una valoración, una metodología, la racionalidad de una decisión empresarial—, la opinión del contribuyente y de su asesor pesa poco frente al criterio del actuario.
La forma de equilibrar esa posición es convertir la opinión en prueba: documentos técnicos, elaborados por profesionales independientes, contemporáneos a los hechos, ratificables y admisibles. Es exactamente la diferencia entre decir «creemos que está bien hecho» y acreditar que lo está.
Las cuatro piezas del blindaje
- Informe pericial de valoración. Método, hipótesis, contraste y conclusión sobre el valor de las participaciones en la fecha de la operación, con visado y ratificable.
- Informe de motivos económicos válidos. Análisis técnico de los objetivos empresariales, de las alternativas descartadas y de los efectos esperados de la reorganización.
- Expediente probatorio. Actas, informes de administradores, plan de negocio, presupuestos, correspondencia y todo lo que acredite el proceso de decisión.
- Seguimiento posterior. Evidencia de que lo anunciado se ha cumplido: la matriz dirige, los servicios se prestan, la separación de riesgos es real y el proyecto se ha ejecutado.
Por qué funciona
Frente a un informe técnico fundado, la Administración no puede limitarse a discrepar: debe motivar por qué se aparta de él, y esa motivación es susceptible de control. La falta de motivación de una comprobación de valores es uno de los motivos de anulación más frecuentes en la vía económico-administrativa. En la práctica, un buen informe no solo mejora las posibilidades de éxito: con frecuencia evita que la discusión llegue a plantearse.
El momento importa más que el contenido
Un informe emitido el día de la operación acredita lo que se sabía, lo que se pensaba y lo que se pretendía en ese momento. Un informe elaborado tres años después, con un requerimiento sobre la mesa, es admisible y sigue siendo útil, pero ya no acredita nada sobre el proceso de decisión: solo aporta una opinión técnica sobrevenida. La prueba contemporánea es la que gana los expedientes.
Quién lo emite
La valoración y el informe de motivos los emite ValiTax, la firma de peritaje de LRB Tax & Legal, con criterio propio y responsabilidad profesional independiente del equipo que diseña la operación. Esa separación es deliberada: un informe emitido por quien asesora pierde la apariencia de independencia que le da fuerza.
Esta página describe el marco general vigente en España y no sustituye al análisis del caso concreto. La normativa mercantil y tributaria, su desarrollo reglamentario y la doctrina administrativa cambian con frecuencia, y existen especialidades autonómicas y forales que pueden alterar por completo el resultado de una reestructuración. Antes de ejecutar cualquier operación conviene verificar la redacción vigente de las normas citadas. Consúltenos su caso.
Prueba, defensa y revisión
Informes periciales ValiTax
La firma de peritaje del despacho: qué emite y con qué garantías.
Leer PruebaInforme de valoración
Contenido, método, visado y valor probatorio frente a una hoja de cálculo.
Leer PruebaInforme de motivos
Documentar la racionalidad empresarial en el momento de decidir.
Leer PruebaExpediente probatorio
Qué guardar, cómo indexarlo y durante cuánto tiempo.
Leer RiesgoInspección de la holding
Qué revisa Hacienda en una estructura y cómo se llega preparado.
Leer DefensaDefensa ante Hacienda
Alegaciones, tasación pericial contradictoria y recursos.
Leer PrevenciónConsulta vinculante
Cuándo merece la pena preguntar antes y cuándo no.
Leer RevisiónSegunda opinión
Revisión completa de una estructura ya montada, con plan de corrección.
Leer AvisoErrores frecuentes
Los fallos que hacen frágil una estructura y cómo se corrigen.
LeerSobre el blindaje
¿Blindar significa que no me van a comprobar?
No. Nadie puede garantizar que una operación no se comprobará, y desconfíe de quien lo prometa. Lo que sí cambia el expediente probatorio es el resultado de esa comprobación: qué se puede acreditar, con qué fuerza y en cuánto tiempo. Muchos expedientes bien documentados se cierran sin regularización precisamente porque la documentación estaba lista el primer día.
¿Cuánto encarece el proyecto?
Los informes periciales son una partida identificable dentro del presupuesto, y su importe depende del número de sociedades y de la complejidad del negocio. Puesta en relación con el importe que suele estar en juego —la plusvalía diferida de una empresa entera— es una de las inversiones más rentables del proyecto. En coste del proyecto explicamos cómo se presupuesta.
Mi holding ya está montada y no tengo nada de esto. ¿Sirve de algo hacerlo ahora?
Sí, aunque con menos fuerza que si se hubiera hecho entonces. Se puede emitir un informe de valoración referido a la fecha original, reconstruir el expediente con la documentación que exista, formalizar lo que falte y empezar a generar evidencia de cumplimiento desde hoy. Es el contenido de nuestra segunda opinión, y en la mayoría de los casos mejora sustancialmente la posición.
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¿Le encaja una holding en su caso? Se lo decimos por escrito
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